¿Qué es la ciudadanía por descendencia?
De conformidad con el artículo 1.1.a) de la Ley núm. 91/92, «el hijo de padre o madre ciudadanos es ciudadano». La ciudadanía italiana se transmite iure sanguinis del ascendiente italiano a sus hijos, sin límite de generaciones.
¿Quién puede solicitar la nacionalidad por descendencia?
Pueden solicitar la nacionalidad los descendientes del antepasado italiano, independientemente del lugar de nacimiento. Para la descendencia paterna, no debe haber habido interrupción en la transmisión de la nacionalidad. Para la ascendencia materna, es necesario verificar los acontecimientos de nacimiento y matrimonio anteriores a 1948.
¿Qué es esencial demostrar?
- Documentos relativos al antepasado emigrante italiano.
- Certificado de nacimiento original del avo, con los datos de los padres. En su defecto, documentos o
- certificados considerados equivalentes (por ejemplo, documento de bautismo).
- Certificado de no naturalización expedido por las autoridades de todos los países en los que residió el antepasado.Certificados de matrimonio y defunción
- Documentos relativos a los descendientes de ciudadanos italianos emigrados al extranjero:
- Certificados de nacimiento, matrimonio y defunción
- Documentos relativos al solicitante:
- Certificado de nacimiento;
- Si estás casado, certificado de matrimonio
- Si hay hijos menores, certificado de nacimiento de los mismos
Ten en cuenta que, de conformidad con el Decreto Presidencial 445/2000, todos los documentos enumerados anteriormente que hayan sido emitidos en el extranjero deben traducirse al italiano y estar provistos de legalización consular (o Apostilla, si el Estado en cuestión está adherido al Convenio de La Haya de 1961). Hay casos, que deben evaluarse individualmente, en los que pueden aceptarse certificados bilingües en virtud de acuerdos bilaterales firmados por Italia. Debe evaluarse caso por caso si la rectificación administrativa o judicial de las discrepancias en las generalidades (por ejemplo, transcripciones que difieren de los originales o cambios de nombre) debe llevarse a cabo de conformidad con las leyes del país de origen.
CASOS ESPECIALES
- Hijos nacidos fuera del matrimonio
- Hijos de mujeres italianas nacidos antes de 1948
- Hijos de una mujer italiana casada con un extranjero antes de 1948
- Avos procedentes de territorios cedidos a Italia tras la Primera Guerra Mundial (provincias de Trento y Bolzano, Trieste y Gorizia, parte de las provincias de Belluno y Udine)
- Aves de los territorios cedidos por Italia tras la Segunda Guerra Mundial (Istria y Dalmacia – secciones de París y Osimo)
¿A quién debe dirigirse la solicitud?
POR VÍA ADMINISTRATIVASi el solicitante reside en Italia, la solicitud debe presentarse al alcalde del municipio donde el interesado tenga establecida su residencia.
En la práctica, también se permite presentar una solicitud de reconocimiento a quienes hayan entrado en Italia sin visado o con un visado de corta duración (máximo 90 días). Sin embargo, hay casos en los que algunos municipios rechazan este procedimiento.
Si el solicitante reside en el extranjero, la solicitud debe presentarse ante la autoridad consular italiana competente. (lugar de residencia) .
POR EL TRIBUNAL JUDICIAL En caso de imposibilidad, también de hecho (por ejemplo, enormes retrasos en las citas), de presentar la solicitud de ciudadanía en el Consulado competente, el resultado será una sentencia que deberá transcribirse en las oficinas del Registro Civil del lugar de nacimiento del antepasado. En los casos de hijos nacidos de una mujer italiana antes de 1948 o de hijos de una ciudadana italiana casada con un ciudadano extranjero antes de 1948.
En los casos en que sean necesarias comprobaciones de hechos que no figuren en los certificados (por ejemplo, reconocimiento de filiación, tipo de naturalización).
LA VÍA JUDICIAL
El recurso debe presentarse, bajo el patrocinio de un abogado habilitado en Italia, ante el Tribunal, Sección Especializada de Inmigración y Nacionalidad, competente según el lugar de nacimiento del ascendiente. Todos los causahabientes de un mismo ascendiente italiano pueden demandar acumulativamente. El recurso está sujeto al pago de la contribución unificada y de las tasas de registro. La sentencia está sujeta a inscripción en el Registro Civil, con el impuesto correspondiente. La sentencia debe transcribirse en los registros del estado civil del municipio de nacimiento del antepasado.